Ley y normativa sobre puertas de garaje: obligaciones, responsabilidades y sanciones
Las puertas de garaje automáticas no son un elemento menor dentro de una vivienda, una comunidad o una empresa. Son sistemas motorizados que se utilizan a diario y que, si no están correctamente instalados y mantenidos, pueden suponer un riesgo real para las personas y los bienes.
Sin embargo, todavía es habitual encontrar puertas de garaje que no cumplen la normativa vigente, ya sea por desconocimiento, por instalaciones mal ejecutadas o por falta de mantenimiento. El problema no suele aparecer el primer día, sino cuando ocurre un accidente o una inspección detecta incumplimientos.
En este artículo te explicamos, de forma clara y sin lenguaje jurídico innecesario, qué dice la ley sobre las puertas de garaje, quién es responsable y cómo evitar problemas legales.
¿Quién es responsable legal de una puerta de garaje?
Una de las mayores confusiones en torno a las puertas de garaje es pensar que la responsabilidad recae siempre en la empresa instaladora. No es así.
Según la normativa vigente, la responsabilidad puede recaer en distintos agentes:
- El propietario de la puerta, en el caso de viviendas unifamiliares o garajes privados.
- La comunidad de propietarios, cuando la puerta da servicio a un garaje comunitario.
- El administrador de fincas, si no cumple con sus obligaciones de conservación y mantenimiento.
- La empresa mantenedora o instaladora, si ha ejecutado una instalación incorrecta o ha incumplido la normativa aplicable.
En la práctica, la responsabilidad puede ser compartida, especialmente cuando se demuestra una falta de mantenimiento o una instalación que no cumple las condiciones de seguridad exigidas.
Qué dice la ley sobre las puertas de garaje automáticas
Las puertas de garaje, tanto manuales como motorizadas, están sujetas a varias normativas de obligado cumplimiento. Entre las principales destacan:
- Ley 21/1992, de Industria, que regula los productos y equipos sometidos a seguridad industrial.
- Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, aplicable especialmente en entornos profesionales y comunitarios.
- Normativa técnica y Reales Decretos que establecen las condiciones mínimas de seguridad que deben cumplir las puertas y portones automáticos.
Estas normas obligan a que las puertas de garaje:
- Funcionen de forma segura.
- Dispongan de sistemas de protección adecuados.
- No generen riesgos para personas ni bienes.
- Estén correctamente instaladas y mantenidas.
El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en sanciones importantes, además de responsabilidades civiles en caso de accidente.
Puertas de garaje anteriores y posteriores a 2005
Existe cierta confusión respecto a las puertas instaladas antes y después de mayo de 2005. Lo importante es aclarar algo fundamental:
Que una puerta sea antigua no la exime de cumplir la normativa de seguridad.
Las puertas motorizadas instaladas antes de esa fecha deben:
- Adaptarse, en la medida de lo posible, a las condiciones de seguridad exigidas.
- Mantenerse en condiciones que no supongan un riesgo.
- Ser revisadas y actualizadas si se detectan deficiencias graves.
La ley no exige sustituir automáticamente una puerta antigua, pero sí garantizar que su funcionamiento sea seguro.
Mantenimiento obligatorio y deber de conservación
El correcto funcionamiento de una puerta de garaje no depende solo de la instalación inicial. El mantenimiento periódico es clave.
La obligación de mantener una puerta en condiciones adecuadas se recoge, entre otros, en:
- El Código Civil, que establece la responsabilidad por daños derivados de la falta de mantenimiento.
- La Ley de Propiedad Horizontal, que obliga a las comunidades a conservar en buen estado sus elementos comunes.
Esto implica:
- Revisiones periódicas.
- Ajustes y sustitución de componentes desgastados.
- Comprobación de sistemas de seguridad.
- Corrección de cualquier anomalía que pueda generar riesgo.
Una puerta que “abre y cierra” no necesariamente cumple la normativa.
El marcado CE en las puertas de garaje: un aspecto clave de la normativa
Dentro de las obligaciones legales relacionadas con las puertas de garaje, hay un punto especialmente importante y que suele generar muchas dudas: el marcado CE.
No todas las puertas lo requieren en las mismas condiciones, pero cuando es obligatorio, no disponer de él o no tener la documentación correcta puede suponer un incumplimiento grave de la normativa, incluso aunque la puerta funcione correctamente.
En un artículo específico explicamos en detalle qué es el marcado CE en las puertas de garaje, cuándo es obligatorio, qué documentación debe entregarse y quién es responsable de ello, para que puedas comprobar si tu instalación cumple con la normativa vigente.
Qué ocurre si hay un accidente con una puerta de garaje
Cuando se produce un accidente, la pregunta clave es siempre la misma: ¿Se cumplía la normativa y se había realizado el mantenimiento adecuado?
Si se demuestra que:
- La puerta no cumplía las condiciones de seguridad.
- No existía mantenimiento documentado.
- Se ignoraron avisos o deficiencias detectadas.
Los propietarios, comunidades o responsables pueden verse obligados a responder por los daños causados, incluso aunque el accidente no fuera intencionado.
Las compañías aseguradoras suelen cubrir estos daños solo dentro de los límites de la póliza y siempre que no exista un incumplimiento grave de la normativa.
Responsabilidad del administrador de fincas
El administrador de una comunidad de propietarios tiene un papel clave en la conservación de las instalaciones comunes, incluidas las puertas de garaje.
Entre sus obligaciones se encuentran:
- Velar por el correcto mantenimiento de la puerta.
- Gestionar las reparaciones necesarias, especialmente las urgentes.
- Informar a la comunidad y actuar cuando exista un riesgo para la seguridad.
El incumplimiento de estas funciones puede derivar en responsabilidad frente a la comunidad y frente a terceros, especialmente si se demuestra dejadez o falta de diligencia.
Cómo evitar problemas legales con una puerta de garaje
La mejor forma de evitar sanciones, conflictos o responsabilidades es anticiparse :
- Contar con una instalación realizada por profesionales especializados.
- Asegurarse de que la puerta cumple la normativa vigente.
- Realizar un mantenimiento periódico adecuado.
- Disponer de la documentación técnica correspondiente, incluido el marcado CE , cuando sea obligatorio.
¿Tienes dudas sobre si tu puerta de garaje cumple la normativa?
Cada instalación es diferente y no siempre es fácil saber si una puerta de garaje cumple con la normativa vigente, si necesita adaptaciones o si el mantenimiento que se está realizando es el adecuado.
Ante cualquier duda, lo más recomendable es revisarlo antes de que aparezca un problema, una inspección o un accidente.
Si necesitas asesoramiento o quieres consultarnos tu caso concreto, puedes contactar con nosotros y te ayudaremos a comprobar el estado de tu puerta de garaje y las obligaciones legales que le aplican, sin compromiso.




